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[e-farmacos] Publicidad de medicamentos


  • From: "Domosbian, Daniel" <cimf@colfarma.org.ar>
  • Date: Tue, 29 Jun 2004 15:45:27 -0300

INFORME ESPECIAL

La publicidad de medicamentos en television

La audiencia televisiva es bombardeada con todo tipo de publicidades. A la usual pauta de los cortes comerciales se suma un nuevo fenomeno: la inclusion de anuncios de medicamentos en los programas con los conductores como protagonistas. Es legal publicitar medicamentos en television?, dentro de que limites se puede hacer y cual es la legislacion que regula la actividad? Hoy la Universidad acerca algunas respuestas a estos interrogantes a traves de este primer informe.

Boletin Informativo de la Universidad Nacional de Cordoba

Medicamentos de venta libre, no para el libre albedrio

La publicidad de medicamentos no deberia despertar preocupaciones si no fuera por las graves consecuencias que puede acarrear para la salud de la poblacion. Sobre todo si se tiene en consideracion que el espectador asiste a mensajes publicitarios cada vez mas irresponsables, que naturalizan el uso de medicamentos o que no informan de manera veraz sobre sus acciones terapeuticas.

El ejemplo mas palpable lo brindan, dia a dia, conductores de television famosos -queridos por muchos, odiados por muy pocos- que ofrecen la solucion a la gripe o a los dolores musculares recomendandonos el uso de algun medicamento que ellos, por supuesto, tambien dicen utilizar. Se trata, nada mas y nada menos, que del auge de una nueva estrategia de promocion denominada Publicidad No Tradicional (PNT), que se aplica sin distincion a golosinas, alimentos, bebidas, medicamentos y a cuanto producto o servicio lo requiera.

Pero no cualquier medicamento puede ser promocionado en television. La mencion publicitaria de los farmacos de expendio bajo receta se encuentra expresamente prohibida por la Ley 16.463. La mirada recae entonces sobre los de venta libre. "La publicidad de medicamentos solo esta permitida para los productos medicinales de libre expendio. Pero la tendencia a nivel mundial es que los medicamentos bajo receta pasen a ser de venta libre, como por ejemplo la pseudoefedrina, que es un descongestivo que puede producir hipertension o problemas cardiacos en gente con predisposicion", advierte con preocupacion Mariana Caffaratti, del Centro de Informacion de Medicamentos de la Facultad de Ciencias Quimicas de la UNC.

Ahora bien, un farmaco de libre expendio es aquel que puede adquirirse sin presentar receta medica. Sin embargo, el hecho de que se encuentre al alcance del publico no neutraliza los efectos adversos que todo medicamento conlleva, en mayor o menor medida. Hilda Montrull, medica docente de la catedra de Farmacologia de la Facultad de Ciencias Medicas de la UNC, afirma: "Todo medicamento tiene un riesgo potencial en su administracion. Por ello se dice que la farmacologia es la ciencia de la toxicidad selectiva". Asimismo, explica que cuando el medico prescribe un farmaco evalua los beneficios y los riesgos para el paciente. "El paciente que compra por si solo y se automedica no tiene conocimiento para discernir sobre los peligros para su salud", concluye Montrull.

En este mismo sentido, el presidente del Colegio de Farmaceuticos de Cordoba, Enrique Roca, senhala: "Lo importante es saber que un medicamento no produce los mismos efectos en todas las personas, por lo que la consulta al medico deberia ser siempre obligatoria".

Legislacion vigente

En 1992 el Poder Ejecutivo Nacional creo la Administracion Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnologia Medica (ANMAT) bajo la orbita del Ministerio de Salud. La funcion de esta entidad es la de velar por la salud de la poblacion mediante una actividad principalmente fiscalizadora y preventiva.

La ANMAT, a su vez, creo en 1994 la Comision Evaluadora de Publicidad y Propaganda de Productos Farmaceuticos, de Uso Medicinal, Odontologico, Suplementos Dietarios y de Tecnologia Medica, que contempla dentro de sus competencias el analisis de los mensajes publicitarios que las empresas pretenden hacer llegar a los potenciales consumidores.

La actividad de esta comision se encuentra respaldada por la resolucion ministerial Nº 1622/84, que establece, entre otras cosas, que los anuncios deben limitarse a invocar las acciones farmacologicas verdaderas y comprobadas del producto. Tambien asienta su labor en la Constitucion Nacional, que otorga a consumidores y usuarios de bienes y servicios derecho a la proteccion de la salud y a una informacion adecuada. Asimismo, el trabajo de esta comision genero la disposicion 3186/99 que, basada en la legislacion existente y en las sugerencias de la Organizacion Mundial de la Salud (OMS), fijo las pautas eticas y los criterios objetivos para el analisis de este tipo de publicidad.

En general, los mensajes publicitarios deben propender a la utilizacion adecuada de los productos que promocionan, presentar las propiedades o caracteristicas de los mismos de manera objetiva, sin enganhos y brindar informacion veraz, precisa y clara. Tienen la obligacion de expresar las caracteristicas, modos de uso, indicaciones y advertencias del producto. Del mismo modo, no pueden establecer comparaciones con otros farmacos del rubro. Deben evitar utilizar frases que induzcan temor o angustia y que sugieran que la salud de un sujeto se vera afectada en el supuesto de no usar el producto, y tampoco debe atribuirse al medicamento acciones o propiedades terapeuticas que este no posea. Finalmente, no pueden incluir frases como "aprobado o recomendado por expertos" y deben abstenerse de manifestar que un farmaco cura enfermedades cronicas o incurables.

Venta libre

En el caso de los medicamentos de venta libre, la reglamentacion establece que los anuncios deberan abstenerse de inducir al uso indiscriminado de los productos o de dirigirse de manera exclusiva o principalmente a ninhos y/o adolescentes. Mucho menos pueden afirmar que el medicamento es seguro o uniformemente bien tolerado.

Asimismo, necesariamente deben incluir el nombre comercial, la expresion "Ante cualquier duda consulte a su medico", y evitar frases que sugieran que una consulta medica o una intervencion quirurgica es innecesaria, o que su eficacia se debe al hecho de que es un producto natural. Tampoco podran utilizarse terminos falsos o enganhosos, ni afirmaciones del tipo "el mas efectivo, el menos toxico, el mejor tolerado", a menos que sea sustentado cientifica o tecnicamente.

Como y quien ejerce los controles

Antes de su transmision por los medios de comunicacion -graficos, radiales o televisivos- toda publicidad debe pasar por el control de la Comision Evaluadora de Publicidad y Propaganda de ANMAT, que puede aceptarla, rechazarla de plano, o bien, sugerir modificaciones. Los laboratorios deben presentar la solicitud de autorizacion junto con la propuesta publicitaria y los certificados, prospectos y rotulos que acrediten la legalidad del producto a promocionar.

Sin embargo, la realidad muestra otro perfil. "En muchas oportunidades ha ocurrido que la comision aprueba una publicidad y la empresa hace transmitir una distinta, e incluso, se emiten publicidades que no han pasado por ese tamiz", explica Mariana Caffaratti. Y agrega: "Entonces la ANMAT procede a sancionarlos, pero pareciera que los laboratorios ya han incluido el monto de la multa dentro de los costos previstos para la pauta publicitaria. Y las ganancias siempre los superan ampliamente".

Otro contrapunto reside en que las disposiciones que sustentan la labor de la comision parecen no ofrecer las herramientas suficientes para cubrir hasta el minimo resquicio las posibilidades de la publicidad. Cosa que si logran quienes ponen en juego la creatividad. "La legislacion deberia ser mas precisa con respecto a los anuncios publicitarios de medicamentos. Si bien prohibe la inclusion de mensajes enganhosos y la incitacion al consumo excesivo de los medicamentos, la publicidad siempre encuentra un lugar para escapar a la etica", resume la farmaceutica.

Enrique Roca, por su parte, acuerda con Caffaratti en este punto, y anhade: "A traves de la Confederacion Farmaceutica Argentina, se ha solicitado a la ANMAT la elaboracion de una reglamentacion mucho mas rigurosa en lo que respecta a la publicidad de los medicamentos, tanto para la que se emite durante los programas como para la que aparece en las tandas publicitarias".

Lo cierto es que el mercado de los medicamentos de venta libre se encuentra en continuo crecimiento, sin importar la epoca del anho, ni la crisis economica que acorrala a la poblacion argentina. Un mercado farmacologico que aun no ha encontrado su limite frente a una regulacion, muchas veces, facil de sortear. En el medio, la salud de los consumidores.

Para estar atentos

Descongestivos: no pueden ser consumidos por hipertensos sin la indicacion de un medico.

Aspirina o acido acetil salicilico: puede producir ulceras, hemorragias digestivas. En ninhos puede producir crisis asmaticas.

Pomadas antihemorroidales: tienen anestesicos locales como la lidocaina, que absorbida en altas concentraciones puede tener efectos adversos a nivel del sistema nervioso central.



Fuente: INFOBAE

Daniel Domosbian
CIMF
(Argentina)